La Disolución de la sociedad conyugal y el cambio de estado civil. Quedando habilitado para contraer un nuevo matrimonio.
En lo posible la ley siempre mantiene la tendencia a velar por el interés primordial de los niños por este motivo el juez tiene la prohibición de resolver el divorcio si no se ha resuelto previamente la situación de los niños.
En este caso se deberá hacer la notificación por tres ocasiones de fecha distinta, mediante publicaciones en un periódico de máxima circulación.
Documentos que prueben la existencia de; vínculo matrimonial, existencia de hijos, y bienes. (Partidas de matrimonio y de nacimiento de los hijos menores de edad, si hubieren procreado.
Demanda, citación, contestación a la demanda, acumulación de autos, presentación de pruebas, sentencia, recursos (de ser interpuestos)
No es necesaria la presencia del cónyuge, si este así lo prefiere podrá ir únicamente su abogado debidamente autorizado. Solo para el de divorcio de por mutuo consentimiento es necesario la presencia directa del cónyuge, sin embargo se lo puede hacer mediante poder especial.
Con ayuda de pruebas testimoniales o confesiones judiciales
Si es un divorcio por mutuo consentimiento puede tener una duración de hasta tres meses, sin embargo siempre dependerá de factores externos, que puedan dilatar el proceso.
La demanda será presentada ante el juez del domicilio del demandado.
Para una legal y correcta intervención dentro del proceso SI es necesario contar con la presencia de un profesional del derecho.
Generalmente se puede contraer nuevo matrimonio de inmediato a la inscripción en el Registro Civil de la sentencia de divorcio. Sin embargo, hay una excepción que es cuando se ha seguido en rebeldía del demandado el juicio.
Una vez emitida la sentencia de divorcio, se procederá a realiza a la disolución de la sociedad conyugal.
¿Existe todavía la nulidad del matrimonio?Solo si se lo solicita, conforme las causales previstas en la ley